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Viola Reforma Electoral el estado de derecho, al sustentarse en una ley inexistente: diputados de oposición

El grupo de los ocho diputados de oposición del Congreso del Estado votó en contra de las reformas a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a la Ley Electoral, y a la Ley del Sistema de Medios de Impugnación, debido a que aprobarlas representaría una violación flagrante al estado de derecho.

Los legisladores del PAN, PRI, PRD, PES y Humanista refredaron su convicción y apoyo para que las mujeres accedan a candidaturas y cargos de elección popular. Sin embargo, explicaron, primero se debe garantizar que el proceso legislativo este apegado a derecho.

“Como diputadas locales, como mujeres, nosotras más que ninguna hemos vivido la falta de garantías para desarrollar libremente nuestra labor, ¿cómo no vamos apoyar iniciativas que nos favorecen?, pero no lo podemos hacer pasando por encima de la Ley”, dijo     la Diputada Anita Beltran Peralta.

Los diputados locales de oposición recordamos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el incidente de suspensión decretado dentro de la Controversia Constitucional 84/2020, mandató que las sesiones posteriariores al 17 de marzo de este año los efectos de estas se encuentran suspendidas, por tanto, la Ley Orgánica del Poder Legislativo aprobada por los diputados de Morena bajo el Decreto 2704, en la que fundan y regulan las reformas planteadas, no tiene vigencia.

El diputado Local por el PAN, José Luis Perpuli, explicó que como se ha expuesto en anteriores ocasiones, la Ley Orgánica del Poder Legislativo es inexistente, debido a que se aprobó durante el tiempo que la Corté invalidó. Además, no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado.

La diputada Daniela Rubio Avilés, advirtió que el procedimiento para estas reformas planteadas no puede fundarse y regularse por una Ley que no ha cobrado vigencia, “en términos legales no ha nacido a la vida jurídica; lo que daría lugar a que todo el proceso legislativo, al estar sustentado en una Ley inexistente, traería como consecuencia su nulidad absoluta”.

Es importante señalar que la Suprema Corte de Justicia al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 82/2019, se pronunció en el sentido de que aun tratando de la iniciativa de reforma de la Ley Orgánica del Poder Legislativo debe ser publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado para que pueda cobrar vigencia, y dado que las iniciativas enlistadas en el orden del día para la sesión de fecha 18 de agosto de 2020, se regulan en una Ley que no existe como lo es la Ley Orgánica del Poder Legislativo, no pueden fundarse y mucho menos regularse por una Ley que no ha sido publicada, por ende, no cobra vigencia y no nace a la vida jurídica, lo que daría lugar a que los dictámenes que se emitieran y su discusión y en sí, el proceso legislativo estuviera regulado por una Ley inexistente, trayendo consigo una nulidad absoluta.

Las y los ocho diputados locales reiteraron su respaldo en todas aquellas leyes que permitan mejores condiciones en la competencia electoral y máxime en temas vinculados a las mujeres, pero se debe proceder conforme al estado de derecho, y no violentarlo.

 

 

 

 

 

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