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Propone diputada Anita Beltrán que Registro Civil expida constancias de concubinato

  • Propuso reformas al Código Civil de BCS a fin de que sean expedidas por las Oficialías del Registro Civil en vez de los largos procedimientos de jurisdicción voluntario llevados en la instancia judicial.

A fin de agilizar los procedimientos en armonización con el contexto social, la diputada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) Anita Beltrán Peralta propuso reformas al Código Civil de Baja California Sur a fin de que las constancias de concubinato sean expedidas por las Oficialías del Registro Civil en vez de los largos procedimientos de jurisdicción voluntario llevados en la instancia judicial.

En la sesión ordinaria de la diputación permanente del martes 14 de julio, la legisladora afirmó que en el estado existe una imprecisión legislativa en relación con la dependencia que pueda acreditar la existencia del concubinato, por lo que puede generar confusión y en ocasiones que las constancias que se emiten no cuenten con la validez legal ante ciertas dependencias, lo que entorpece al acceso a los derechos de los ciudadanos.

La reforma crea un artículo 331bis que añade que la Dirección Estatal del Registro Civil, por conducto de las Oficialías del Registro Civil facultada para expedir las constancias de concubinato a las personas interesadas. “Quien ocupe la titularidad de las Oficialías del Registro Civil harán constar por escrito y en los formatos que al efecto se aprueben, las declaraciones emitidas por las personas que acudan a formular las mismas. Estos formatos serán conservados por la Dirección Estatal del Registro Civil, y se podrán expedir constancias de las mismas, las cuales sólo acreditan el hecho de la comparecencia y de haber emitido las declaraciones en ella contenidas. Las constancias emitidas por la Dirección Estatal del Registro Civil en los términos del presente artículo no constituyen modificación del estado civil de las personas.

Las autoridades registrales, una vez recibida la documentación y verificados los requisitos, procederán a expedir la constancia de concubinato, la cual tendrá validez de dos años a partir de su emisión.

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