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Proceso electoral

Regresa Tribunal Electoral Federal a Rubén Muñoz la plurinominal federal

Luego de la impugnación por medio de un Juicio para la protección de los Derechos político-electorales del Ciudadano (JDC), que interpuso ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el alcalde Rubén Gregorio Muñoz Álvarez, por hacer sido retirado de la lista de candidatos plurinominales o de Representación Proporcional  Federal, del Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), por parte de un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), el Pleno de ese Máximo Órgano Jurisdireccional Electoral en el país, revocó dicho acuerdo, concediendo así, esa candidatura al Primer Edil de La Paz.

Según el argumento por parte del INE, por el cual, Rubén Muñoz, no podía tener acceso a al cargo de diputado federal por la vía plurinominal, fue que no había presentado en tiempo y forma su renuncia como alcalde de La Paz: “Al respecto, el proyecto señala que le asiste la razón a la parte promovente, porque la restricción contenida en el Artículo 55 Fracción 5ta Párrafo 4°, de la Constitución General, no es aplicable a candidaturas a diputaciones federales por el principio de Representación Proporcional”, advierten los magistrados en el proyecto de sentencia.

El TEPJF, explicaron que para una candidatura plurinominal no es posible delimitar geográficamente una entidad federativa o un municipio para este caso en particular de candidatura. “Porque son electas mediante una lista que se presenta por cada una de la circunscripciones en las que se divide el territorio nacional”.

La restricción para quienes tienen que separarse del cargo en el servicio público, señalan solo es aplicable al ámbito territorial de las entidades federativas, esto es a las candidaturas que compiten por el principio de Mayoría Relativa. Por ello le concedieron el derecho a participar por esa vía, sin separarse del cargo de alcalde, a Rubén Muñoz Álvarez. “Por ello, se propone revocar, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo combatido y ordenar el registro de la candidatura”, sentenció el TEPJF.

 

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