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Propone diputada María Luisa Ojeda considerar como “Dictamen de Comisión” cuando sea firmado por su presidenta y un integrante más

  • Se reforma el Artículo 117 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California Sur

La diputada María Luisa Ojeda González presentó al pleno, iniciativa con proyecto de decreto mediante la cual se busca que, para que un documento proveniente de las Comisiones sea considerado “Dictamen de Comisión” deberá estar firmado por la mayoría de sus integrantes, siempre que en ésta se incluya a quien preside la Comisión.

La Legisladora señaló que, el Artículo 117 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Baja California Sur establece que, “Para que haya Dictamen de Comisión, deberá estar firmado por la mayoría de las y los Diputados que la componen. Si alguno de ellos disintiera, podrá presentar su voto particular por escrito”, al respecto, consideró que en la aplicación de la actual disposición se minimiza la responsabilidad que tiene quien preside la comisión; en todas las disposiciones legales sobre votaciones en órganos colegiados quien preside y tiene el voto de calidad y la anterior disposición equivale a que el voto de la Presidencia de la comisión no tiene valor.

Ojeda González indicó que de aprobarse la reforma se incitará a un mayor diálogo entre quienes integren las comisiones en busca de acuerdos permitiendo que los dictámenes sean debatidos al interior de las mismas comisiones, ya sea para fortalecer los argumentos de dictamen o para garantizar su éxito al ser presentados, “Mi propuesta es que se condicione la disposición contenida en el artículo 117, a que una de las dos firmas que se exige para que el dictamen sea válido sea de la diputada o diputado que preside la comisión”, sentenció la legisladora en tribuna.

María Luisa Ojeda González argumentó que, en el Congreso del Estado de Baja California Sur se toma muy a la ligera el hecho de que no exista acuerdo entre tres legisladores o legisladoras, aun cuando se habla de una democracia y voluntad del pueblo, dejando de lado a quien no firma un dictamen, caso contrario, en el Reglamento del Senado de la República, se establece en su legislación y reglamentación que sin importar el número de integrantes de las comisiones en el Senado de la República se busca que los dictámenes de las comisiones se den por unanimidad. 

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