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Desecha TEPJF impugnación de Alberto Rentería; le ratificó sentencia en su contra

Con esta resolución se desecha por completo la posibilidad de contender por un cargo de elección popular, es decir por la diputación federal; y además, es inhabilitado por 3 años para ejercer cualquier cargo de la administración pública

Martes 24 de 2021

Bertoldo Velasco/ AnalisisBCS.com

Adiós a Arnoldo Alberto Rentería Santana, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, confirmó las sentencias que emitieron tanto la Sala Regional Guadalajara, como en primer lugar el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur (TEEBCS), quienes ya habían advertido que si era culpable de haber cometido actos de violencia política en razón de género en contra de la exalcaldesa de Los Cabos, Jesús Armida Castro Guzmán.

Durante la sesión pública de ese órgano jurisdireccional electoral, los magistrados y las magistradas votaron por unanimidad el desechamiento de la impugnación que interpuso el líder interino de Morena, por lo que quedará inhabilitado por tres años de cualquier cargo político y al interior del su propio instituto pues así lo estipulan sus estatutos lo anterior, porque según la sentencia que fue ratificada quedará inscrito por tres años en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de Violencia Política en Razón de Género.

Asimismo, el ahora ratificado violentador en razón de género, deberá pagar el equivalente a 90 UMAS, que asciende aproximadamente a 8 mil pesos, así como emitir una disculpa y aclaración pública a, Armida Castro Guzmán, por la incertidumbre y daños que le causó con sus declaraciones.

Con ello, Arnoldo Alberto, quedará fuera de la contienda electoral, en todo sentido, y será recordado como el primer hombre sancionado por el TEEBCS, por habérsele comprobado en todas las instancias jurisdireccionales electorales, el que cometió de manera categórica violencia política en razón de género contra una mujer en la entidad.

 

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