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Aprueban Congreso de BCS reformas a su Ley Reglamentaria para conformación de fracciones

  • Fueron reformados los artículos 2 para reconocer al Pleno como órgano máximo de decisión, Artículo 11 para reconocer como recinto oficial los inmuebles y edificios que conforman el Congreso, entre otros referentes a la funcionalidad del legislativo
  • En la misma sesión se aprobó un punto de acuerdo presentado por la diputada Mercedes Maciel Ortiz, con el que el Pleno desconoció validez y alcance legal alguno de la reunión celebrada el lunes 30 de marzo de 2020 en las instalaciones de la Dirección de Finanzas del Poder Legislativo

El Congreso del Estado aprobó reformas a su Ley Reglamentaria con la que retoma el reconocimiento de las fracciones parlamentarias a partir de 2 integrantes con el mismo origen partidario y deja sin reconocimiento las fracciones conformadas por representantes de partidos que hayan desaparecido, colocando a sus integrantes como legisladores sin partido. 

La propuesta fue presentada por el coordinador del grupo parlamentario de MORENA, diputado Humberto Arce Cordero, con la que también mandata que el Pleno es el órgano máximo de decisión del Congreso del Estado y se integra por la totalidad de los diputados que integran la legislatura, mediante reforma del artículo 2.

También incorpora el reconocimiento del Palacio Legislativo y edificios que ocupa el Congreso estatal, regulando la presencia y uso de la fuerza pública, mediante modificación del artículo 11, en el que determina la prohibición a toda fuerza pública a tener acceso al mismo, salvo permiso previo de la presidencia de la mesa directiva en turno, la cual podrá solicitar el auxilio para salvaguardar el orden público. 

Así también reformó el artículo 39 de la misma, referente a la remoción de diputados, determina que los integrantes de la mesa directiva podrán ser removidos de sus cargos con el voto de la mayoría de los diputados presentes, y solo podrán ser removidos por: transgredir en forma grave las disposiciones de la Constitución estatal, la Ley Reglamentaria del Legislativo, incumplir acuerdos del Pleno cuando se afecten atribuciones constitucionales, dejar de asistir reiteradamente y sin justificación a las sesiones o reuniones de la mesa directiva. 

En la reforma del artículo 75 estipula que cuando haya que cubrir la vacante de Oficial Mayor y el Congreso no estuviere reunido, la diputación permanente hará el nombramiento con carácter de provisional. 

Y se elimina el requisito de la votación de mayoría calificada para reformas a la Ley Reglamentaria.

En la misma sesión se aprobó un punto de acuerdo presentado por la diputada Mercedes Maciel Ortiz aprobado por unanimidad, en la que el Pleno desconoció validez y alcance legal alguno de la reunión celebrada el lunes 30 de marzo de 2020 en las instalaciones de la Dirección de Finanzas del Poder Legislativo, por las ciudadanas Daniela Viviana Rubio Avilés, Anita Beltrán Peralta, Perla Guadalupe Flores Leyva, Lorenia Lineth Montaño Ruiz, Elizabeth Rocha Torres y los ciudadanos José Luis Perpuli Drew, y Rigoberto Murillo Aguilar, suspendidos de sus funciones de diputadas y diputados de la XV Legislatura en la que se tomó protesta a las ciudadanas María del Socorro Guadalupe Peña Loza, María Edwiges García Flores y al ciudadano Onofre Pérez Camacho, en virtud de que tal acto no fue una sesión solemne llevada a cabo en la Sala de Sesiones José María Morelos y Pavón  y no contar con el quórum legal previsto por el artículo 51 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur y artículo 86 de la Ley Reglamentaria del Poder Legislativo del Estado de Baja California Sur.

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