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Ampliación de Vacaciones, por ser una Ley secundaria, no requiere autorización de Congresos locales para su aplicación: Senador Velázquez

  • Es un desconocimiento de la Ley, afirmar que requiere autorización del Congreso local la modificación a la Ley Federal del Trabajo, no es una reforma constitucional, señala el legislador federal.
  • Entrarán en vigor a partir del primero de enero próximo, por estar autorizada por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, confirma.

 

La aplicaicón del periodo vacacional de seis a doce días entrará en vigor el próximo primero de enero del 2023, puesto que fue autorizado por las Cámaras de Diputados Federal y Senadores, ya que al ser una Ley secundaría no requiere una minuta que se envíe a los Congresos Locales para su aprobación, afirmó el Senador Ricardo Velázquez, al tiempo que afirmó que hay un desconocimiento de la Ley en este sentido entre algunas autoridades locales.

En ese sentido, señaló que, la iniciativa de «Vacaciones Dignas» fue aprobada primeramente en el Senado, enviado a la Cámara de Diputados Federal, analizada en Comisioes Unidas y posteriormente enviada al pleno, donde fue aprobada por unanimidad, regresada al Senado, que igualmente fue votada y podrá entrar en vigor sin mayor trámite lagislativo, por ser una modificación a la Ley Federal del Trabajo en sus atículos 76 y 78 ,  que es una Ley secundaria y no una reforma constitucional.

Velázquez Meza detalló que hablar de que requiere la aprobación del Congreso del Estado de Baja California Sur, es un desconococimiento de la Ley por parte de las autoridades locales, o de quien pretenda impedir que se aplique esta reforma, misma que entrará en vigor en 2023, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. 

El Senador Velázquez señaló que los trabajadores de México incluidos los de Baja California Sur, podrán reclamar en este 2023, gracias a esta reforma a los artículos 76 y 78 de la LFT, 11 días de descanso al año como vacaciones y podrán ser tomadas a su elección; además se incrementarán durante los primeros cinco años hasta llegar a 20 días por año, y posteriormente se incrementarán 2 días por cada cinco años trabajados. mismos que serán deducibles de impuestos para el empleador.

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