- La organización sindical pide dejar sin efecto el apercibimiento de responsabilidad administrativa hasta que se garantice a los trabajadores equipo, internet y tiempo dentro de la jornada laboral
La Paz, Baja California Sur.— El Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California Sur, Sección La Paz, presentó un reclamo formal ante el Ayuntamiento de La Paz por las condiciones establecidas para que trabajadores sindicalizados cumplan con una capacitación en línea sobre prevención y erradicación de la violencia hacia las mujeres.
A través de un oficio dirigido a la presidenta municipal en funciones, Amor Fenech Montaño, y al secretario general del Ayuntamiento, Jehú Fernando Vázquez Savín, el secretario general del sindicato, Alejandro Solache Rivera, informó que la organización ha recibido diversas inconformidades de trabajadores de base relacionadas con la Circular CM/728/2026, emitida el pasado 19 de agosto por el contralor municipal, Jorge Pavel Castro Ríos.
De acuerdo con el documento, dicha circular establece la obligación de que el personal reciba y acredite, a más tardar el 30 de septiembre de 2026, una capacitación en materia de prevención y erradicación de la violencia hacia las mujeres mediante la plataforma digital “Punto Género”.
El dirigente sindical reconoce que la legislación contempla entre las obligaciones de los trabajadores asistir a los cursos de capacitación destinados a mejorar su preparación y eficiencia; sin embargo, sostiene que esta obligación debe acompañarse de las condiciones materiales necesarias para cumplirla.
En ese sentido, el sindicato cuestiona que la circular instruya al personal a ingresar por su cuenta a una plataforma digital sin establecer mecanismos para proporcionar a quienes lo requieran equipo de cómputo, dispositivos electrónicos, conexión a internet y otros recursos necesarios para realizar el curso.
Solache Rivera señala que, al tratarse de una capacitación en línea, el Ayuntamiento debe garantizar las condiciones materiales para que los trabajadores puedan cumplir con la instrucción, incluyendo, en su caso, equipos funcionales, conectividad y los accesorios necesarios para acceder a la plataforma.
Piden que capacitación sea dentro de la jornada laboral
Otro de los puntos centrales del reclamo sindical es la ausencia de un horario específico para realizar la capacitación.
El Sindicato de Burócratas sostiene que el curso debe llevarse a cabo dentro de la jornada laboral ordinaria, y no representar una extensión de las horas de trabajo de los empleados municipales.
El oficio cita disposiciones de la legislación burocrática estatal y de la Ley Federal del Trabajo de aplicación supletoria, para argumentar que la capacitación y el adiestramiento deben impartirse durante la jornada laboral.
La organización sindical advierte además que la propia legislación estatal en materia de capacitación sobre género condiciona la posibilidad de establecer sanciones a que exista un rechazo o incumplimiento “sin causa justificada”.
Por ello, considera que si un trabajador no cuenta con computadora, dispositivo electrónico, conexión a internet o tiempo disponible dentro de su jornada laboral para realizar el curso, un eventual incumplimiento no podría atribuirse directamente al empleado, sino a la falta de condiciones proporcionadas por la autoridad.
Cuestionan eventual responsabilidad administrativa
El reclamo también alcanza el apercibimiento de responsabilidad administrativa contenido en la circular.
El sindicato argumenta que el artículo 49 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur establece un catálogo específico de conductas consideradas faltas administrativas no graves, y sostiene que la falta de acreditación de un curso en línea no puede equipararse automáticamente con esas conductas.
En el documento, el dirigente sindical invoca el principio de tipicidad, al considerar que una conducta sancionable debe encontrarse descrita de manera precisa en la legislación y que no puede recurrirse a interpretaciones por analogía para imponer una responsabilidad administrativa.
Asimismo, señala que cualquier eventual responsabilidad tendría que determinarse mediante el procedimiento correspondiente, garantizando al trabajador su derecho de audiencia y defensa, por lo que una circular administrativa, por sí sola, no debería prejuzgar la existencia de una falta.
Solicitan retirar apercibimiento
Ante esta situación, el Sindicato de Burócratas Sección La Paz solicitó al Ayuntamiento dejar sin efectos el apercibimiento de responsabilidad administrativa contenido en la Circular CM/728/2026, hasta que se garanticen las condiciones materiales necesarias para que los trabajadores puedan cumplir con la capacitación.
Entre las condiciones reclamadas se encuentran equipo de cómputo, conectividad y un horario dentro de la jornada laboral para realizar el curso.
El planteamiento sindical coloca nuevamente sobre la mesa la necesidad de que las disposiciones dirigidas al personal municipal no sólo establezcan obligaciones, sino que también contemplen los recursos y condiciones necesarios para su cumplimiento.


Más historias
Acerca SIPINNA Los Cabos información sobre derechos de niñas, niños y adolescentes en Delegación de Cabo San Lucas
Da seguimiento el Consejo Estatal de Protección Civil a lluvias en BCS
Gobierno de BCS pide extremar precauciones; se prevén lluvias intensas durante los próximos días