Con la presentación de la declaración anual por parte de las empresas, inició el periodo para el reparto de utilidades, un derecho de las personas trabajadoras que participaron en la generación de ganancias durante el ejercicio fiscal anterior, informó el titular de la Secretaría del Trabajo, Bienestar y Desarrollo Social (STByDS) Omar Antonio Zavala Agúndez.
En el caso de las empresas, este pago debe realizarse del 1 de abril al 30 de mayo; para personas físicas con actividad empresarial, del 1 de mayo al 29 de junio. El Secretario señaló que las y los trabajadores pueden acercarse a resolver cualquier duda al respecto. “Las utilidades son un derecho de las personas trabajadoras.
Si alguien no sabe si su empresa generó utilidades, cuánto le corresponde o si el pago fue correcto, puede acercarse con nosotros para recibir orientación y revisar su caso”, expresó. Zavala Agúndez explicó que las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar copia de la declaración anual de su empresa para verificar este reparto. Además, recordó que en la Dirección de Inspección Laboral pueden solicitar apoyo para conocer si su empresa generó utilidades y revisar su situación particular. La atención se brinda en Calle Normal Urbana esquina Chiapas, colonia Los Olivos, e n L a P a z ; t a m b i é n e s t á n d i s p o n i b l e s e l c o r r e o stpsinspeccionlaboral@hotmail.com y el teléfono (612) 124 2962.
El secretario del Trabajo precisó que el reparto se calcula con base en los días trabajados y el salario percibido, y que actualmente existe un tope establecido por ley: el monto a recibir no puede exceder tres meses de salario o el promedio de lo recibido en los últimos tres años, lo que resulte más favorable para la persona trabajadora. Añadió que no todas las empresas están obligadas a repartir utilidades, como es el caso de aquellas de nueva creación en su primer año de operación o instituciones sin fines de lucro, por lo que es importante revisar cada situación de manera particular. El pago de utilidades también puede corresponder a quienes ya no laboran en la empresa, siempre que hayan trabajado al menos 60 días en el ejercicio fiscal correspondiente.
Finalmente, Zavala Agúndez indicó que, una vez concluido el plazo legal, las personas que no hayan recibido este pago podrán acudir al Centro de Conciliación Laboral para solicitarlo mediante conciliación. En caso de no llegar a un acuerdo, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo brinda acompañamiento gratuito para reclamar el pago de utilidades conforme a la ley.

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