Desde su óptica, es obligación de las juezas y jueces y de las magistradas y magistrados de juzgar con perspectiva de género los casos de lesiones o privación de la vida de los sujetos pasivos de estos delitos, aun en grado de tentativa, cometidos por mujeres víctimas de violencia doméstica o familiar
Para proteger la libertad personal de las mujeres que, actuando en legítima defensa lesionan o privan de la vida a su agresor, aún en caso de tentativa, el Diputado Fernando Hoyos Aguilar propuso hoy una iniciativa para reformar el Código Penal en materia de legítima defensa de mujeres víctimas de violencia doméstica o familiar.
En sesión ordinaria, arguyó la legítima defensa como causa de justificación en mujeres víctimas de violencia doméstica o familiar.
Recalcó que, es obligación de las juezas y jueces y de las magistradas y magistrados de juzgar con perspectiva de género los casos de lesiones o privación de la vida de los sujetos pasivos de estos delitos, aun en grado de tentativa, cometidos por mujeres víctimas de violencia doméstica o familiar tomando en consideración los indicios que se desprendieron de las pruebas y el contexto de violencia doméstica que padeció la quejosa, generada por el violentador, además, del contexto y circunstancias en el que se presentan la agresión y la respuesta.
Aludió estudios sobre el tema que evidencian, que frecuentemente es la propia pareja quien realiza actos violentos contra la mujer: golpes, insultos, humillaciones, amenazas, abuso sexual, violación o, incluso, la privación de la vida.
Su propuesta incluye al cónyuge, concubina o concubinario, pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado, adoptante o adoptado, las maltrate física, psicológica, emocional, patrimonial o económicamente.
“Es un hecho innegable que los principales generadores de violencia son los hombres y esto se debe, en buena medida, a la construcción cultural de las “masculinidades”, sobre todo aquella que se denomina “hegemónica”, en donde las mujeres son vistas como personas subordinadas a los hombres y han sido confinadas a la esfera privada-doméstica”.
La iniciativa fue turnada a la comisión de Puntos constitucionales y de Justicia, para su análisis y dictaminación, e implica adicionar la Fracción VI BIS al artículo 31 del Código Penal de BCS.

Más historias
Impulsa CECyTE formación en inglés de estudiantes con la Universidad de Cambridge
Proponen ampliar distancia mínima entre expendios de alcohol y escuelas, hospitales y templos en BCS
Propone la diputada Cristina Contreras crear la Comisión de Vivienda en el Congreso de BCS