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Gallo de Víctor Castro, no cumple con requisitos para ser presidente del CEE de Morena

  • El profesor José María Avilés no cumple con lo estipulado en el artículo  8 y 43 de los estatutos del instituto político, al estar ocupando un cargo al momento y ser parte de un grupo político que encabeza el coordinador de programas sociales del gobierno federal en BCS.

Estatutariamente el profesor José María Avilés Castro, quien es el gallo del proyecto del profesor Víctor Castro Cosio, coordinador de Programas Sociales del Gobierno Federal, esta impedido por los artículos 8 y 43 de los estatutos del Partido del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) para presidir el Comité Ejecutivo Estatal de ese instituto político por estar ocupando un cargo público hasta este momento.

En una revisión de los estatutos del partido del Presidente Andrés Manuel López Obrador precisa textualmente en el artículo 8 que «Los órganos de dirección ejecutiva de MORENA no deberán incluir autoridades, funcionarios o integrantes de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial de los municipios, estados y la federación». siendo que el profesor Avilés Castro, es parte del Cabildo de La Paz y fue electo por el periodo 2018-2021 como tercer regidor.

Además en el artículo 43 de los estatutos de MORENA señala en sus incisos B y C que  «En los procesos electorales: B. No participarán servidores y funcionarios públicos de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial de los tres órdenes de gobierno, a menos que se separen de sus encargos con la anticipación que señala la ley; C. No se admitirá forma alguna de presión o manipulación de la voluntad de los integrantes de MORENA por grupos internos, corrientes o facciones o, por grupos o intereses externos a MORENA; siendo que el Profesor José María Avilés Castro es plenamente identificado como parte grupo del profesor Víctor Manuel Castro Cosio.

Todos estas faltas a los lineamientos del Partido político, por parte del todavía regidor José María Avilés Castro, deberán ser evaluadas por el Comité electoral del proceso interno para la elección de Presidente del Comité Ejecutivo Estatal de Morena, para que se cumpla con los lineamientos estatutarios del instituto político y existan las condiciones parejas para todos los aspirantes.

 Cabe hacer mención que aun cuando solicitara licencia al cargo que le fue conferido, estaría violando los estatutos del instituto político, porque es Regidor del XVI Ayuntamiento de La Paz, cargo que por mandato popular es irrenunciable, es decir ni aun pidiendo licencia dejaría de ser Regidor, con lo que viola el artículo 8 y 43.

 

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